El 8 de enero de 2025, el Defensor del Contribuyente Nacional (“National Taxpayer Advocate” o “NTA”) publicó su Reporte Anual 2024 al Congreso e identificó los problemas de los contribuyentes y brindó sugerencias para proteger aún más los derechos de los contribuyentes y aliviar la carga para los contribuyentes. “Por ley, el reporte del Defensor del Contribuyente Nacional debe identificar los diez problemas más graves que enfrentan los contribuyentes en sus tratos con el IRS y hacer recomendaciones administrativas y legislativas para abordar esos problemas”. En el Reporte Anual 2024 de el NTA se incluye el Libro Púrpura 2025, que presenta un resumen de las recomendaciones legislativas que el NTA cree que fortalecerán los derechos de los contribuyentes y mejorarán la administración tributaria. Una importante recomendación legislativa de el NTA que debe prestarse especial atención al Congreso incluye la eliminación de las obligaciones de presentación de informes redundantes y superpuestas en virtud de la Ley de Secreto Bancario (BSA) y la FATCA para mejorar el proceso de presentación de reportes.
Recomendación Legislativa # 7 de el NTA: Eliminar los requisitos de presentación de reportes duplicados impuestos por la Ley de Secreto Bancario y la ley FATCA
¿Cuál es el problema?
Los contribuyentes estadounidenses que poseen cuentas y activos en el extranjero deben cumplir con dos conjuntos distintos de obligaciones de presentación de información: una dirigida al IRS y la otra a la Red de Ejecución de Delitos Financieros (FinCEN). Una parte considerable de la información solicitada por estas dos divisiones del Departamento del Tesoro es redundante. En consecuencia, las personas se ven obligadas a completar formularios separados para cada entidad y enfrentan sanciones sustanciales por no reportar las cuentas o los activos en cualquiera de los formularios, incluso en casos en los que deben impuestos mínimos o nulos.
¿Qué recomienda el NTA?
Aliviar la carga de los contribuyentes y reducir los gastos gubernamentales asociados con el procesamiento y almacenamiento de información idéntica mediante la abolición de las obligaciones de presentación de informes redundantes para aquellos que tienen cuentas y activos en el extranjero.
¿Cuál es la Legislación Actual?
El BSA, ubicado principalmente en el Título 31 del Código de los EE. UU., exige que los ciudadanos y residentes estadounidenses revelen cuentas extranjeras a FinCEN cuando el valor total de estas cuentas supere los $10,000 en cualquier momento durante el año calendario. Las personas cumplen con esta obligación mediante la presentación del Informe 114 de FinCEN, conocido como Informe de Cuentas Bancarias y Financieras Extranjeras (FBAR).
FATCA introdujo el § 6038D en el Código de Rentas Internas (“Internal Revenue Code” o “”IRC”) (Título 26). Esta disposición exige que los ciudadanos estadounidenses, los residentes y ciertos no residentes reporten al IRS sobre los activos extranjeros que superen los umbrales designados. El cumplimiento requiere la presentación del Formulario 8938 del IRS, titulado Declaración de Activos Financieros Extranjeros Especificados, junto con su declaración anual de impuestos sobre la renta. El § 6038D del IRC faculta al IRS a emitir reglamentos o directrices que puedan proporcionar excepciones a la presentación de informes de la FATCA, en particular en los casos en que dicha presentación daría lugar a divulgaciones duplicadas.
¿Cuál es la justificación de el NTA para el cambio?
Numerosos contribuyentes estadounidenses, especialmente aquellos que residen en el extranjero, enfrentan mayores desafíos y costos de cumplimiento debido a la superposición significativa entre los requisitos de presentación de reportes de FATCA y FBAR. El marco de presentación de reportes duplicados existente también es ineficiente para el gobierno, como lo señaló la Oficina de Responsabilidad Gubernamental (“Government Accountability Office” o “GAO”). El Reporte de el NTA establece que las dos oficinas dentro del mismo departamento del gabinete, específicamente el Tesoro, deberían alinear sus procesos de recopilación de información para aliviar las considerables cargas impuestas por el marco de presentación de reportes actual a los contribuyentes y reconoce que ciertas complejidades solo se pueden resolver mediante una acción legislativa. Los requisitos de presentación de reportes bajo FATCA y FBAR tienen propósitos distintos; aunque existe una superposición considerable, difieren en términos de su aplicabilidad, los activos que se deben informar y la naturaleza de la información recopilada.
El Reporte de el NTA:
- Entiende que existen dificultades que el IRS encuentra al conciliar los requisitos del Título 31 con la guía de FinCEN, que difiere de las regulaciones del Título 26.
- Está de acuerdo con la evaluación de el GAO de que las enmiendas legislativas a los estatutos FATCA y FBAR son esenciales para eliminar las obligaciones de presentación de informes redundantes y la recopilación de información duplicada, al tiempo que se permite que cada agencia acceda a los datos necesarios.
- Ha propuesto que el Congreso revise los Títulos 26 y 31 para eliminar los requisitos de presentación de informes FATCA cuando una cuenta financiera extranjera se reporta con precisión en un FBAR.
- Ha sugerido que el Congreso establezca una excepción limitada a la presentación de reportes FATCA para las cuentas financieras ubicadas en el país donde un contribuyente estadounidense es residente de buena fe (“bona fide”), comúnmente conocida como una excepción de «mismo país». Si se implementan estas recomendaciones, aliviarían las cargas de cumplimiento para los contribuyentes estadounidenses que actualmente enfrentan el desafío de navegar por un sistema de reportes complejo y duplicado, o que incurren en tarifas más altas para que los profesionales de impuestos lo administren en su nombre. Esto también podría conducir a una reducción en los recursos gubernamentales necesarios para procesar y almacenar la misma información varias veces.
- Ha recomendado revisar el IRC § 6038D y el 31 U.S.C. § 5314 para eliminar la declaración redundante de activos en el Formulario 8938 del IRS cuando una cuenta financiera extranjera se reporta con precisión en un FBAR, al mismo tiempo que se asegura el acceso continuo a la información para cada agencia.
- Modifica el § 6038D del IRC para excluir las cuentas mantenidas por una institución financiera.
Sepa esto
El Reporte de el NTA establece que, si bien la presentación de reportes FATCA se centra en identificar los ingresos de fuentes extranjeras y frenar el incumplimiento de los contribuyentes, la presentación de reportes FBAR se centra en identificar el lavado de dinero y otros delitos financieros. Los requisitos de presentación de repuestos impuestos por FATCA han llevado a ciertas instituciones financieras extranjeras a negar servicios a expatriados estadounidenses, lo que complica el proceso para que los ciudadanos estadounidenses establezcan cuentas bancarias en varias naciones. La introducción de una excepción para los residentes “bona fide” de un país extranjero podría aliviar estas cargas sin comprometer significativamente los objetivos de FATCA. Esto se debe a que las personas que abren cuentas bancarias en su país de residencia suelen estar más inclinadas a solicitarlas por razones legítimas y tienen menos probabilidades de evadir impuestos en comparación con quienes abren cuentas en países con los que tienen vínculos mínimos.
¿Tiene cuentas financieras en el extranjero?
¿Está familiarizado con los requisitos de presentación de reportes FBAR y FATCA?
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