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El 7/8/24, FinCEN actualizó su página de preguntas frecuentes de BOI para incluir tres nuevas preguntas y una nueva actualización. FinCEN afirma que continuará brindando orientación sobre cómo presentar información sobre beneficiarios reales; incluida la actualización de las preguntas frecuentes de FinCEN BOI 7/8/24 FAQs. FinCEN continúa brindando más directivas e información a través de la página web de preguntas frecuentes de FinCEN BOI. Por eso es importante mantenerse al día e informado con las preguntas frecuentes sobre FinCEN BOI. Las FinCEN BOI 7/8/24 FAQs abordan el tema relacionado con las empresas que dejaron de existir o se disolvieron antes de que los requisitos de presentación de informes de la BOI entraran en vigor el 1 de enero de 2024. Además, hay una actualización de los informes de las tribus indias. La última actualización de la página de preguntas frecuentes sobre BOI de FinCEN fue el 6/10/24.

Aquí están los 3 extractos de las nuevas FinCEN BOI 7/8/24 FAQs:

C.12. ¿Se aplican los requisitos de reportaje de información sobre beneficiarios finales a las empresas creadas o registradas antes de que se promulgara la Ley de Transparencia Corporativa (1 de enero de 2021)? Sí. Los requisitos de reportaje de informes sobre la información sobre los beneficiarios finales se aplican a todas las empresas que califican como “empresas que reportan”, independientemente de cuándo fueron creadas o registradas. Las empresas no están obligadas a reportar información sobre beneficiarios finales a FinCEN si están exentas o dejaron de existir como entidades legales antes del 1 de enero de 2024.

C.13. ¿Se requiere que una empresa reporte su información sobre beneficiarios finales a FinCEN si la empresa dejó de existir antes de que los requisitos de presentación de reportes entraran en vigor el 1 de enero de 2024? Una empresa no está obligada a reportar su información sobre beneficiarios finales a FinCEN si dejó de existir como entidad legal antes del 1 de enero de 2024, lo que significa que completó por completo el proceso de disolución formal e irrevocable. Una empresa que dejó de existir como entidad legal antes de que los requisitos de presentación de reportes sobre beneficiarios finales entraran en vigor el 1 de enero de 2024, nunca estuvo sujeta a los requisitos de presentación de reportes y, por lo tanto, no está obligada a reportar su información sobre beneficiarios finales a FinCEN. Aunque las leyes estatales o tribales pueden variar, una empresa generalmente completa el proceso de disolución formal e irrevocable, por ejemplo, presentando la documentación de disolución en su jurisdicción de creación o registro, recibiendo confirmación por escrito de la disolución, pagando impuestos o tarifas relacionadas, dejando de realizar cualquier negocio y liquidar sus negocios (por ejemplo, liquidarse completamente y cerrar todas las cuentas bancarias). Si una empresa que reporta continuó existiendo como entidad legal durante cualquier período de tiempo a partir del 1 de enero de 2024 (es decir, no completó por completo el proceso de disolución formal e irrevocable antes del 1 de enero de 2024), entonces está obligada a reportar su información sobre beneficiarios finales a FinCEN, incluso si la empresa hubiera disuelto sus negocios y dejado de realizar negocios antes del 1 de enero de 2024. De manera similar, si una empresa declarante se creó o registró a partir del 1 de enero de 2024 y posteriormente dejó de existir, luego está obligado a reportar su información sobre beneficiarios finales a FinCEN, incluso si dejó de existir antes de que venciera su informe inicial de reportaje sobre beneficiarios finales. Para obtener detalles sobre cómo determinar cuándo una empresa deja de existir como entidad legal, consulte la ley de la jurisdicción en la que se creó o registró la empresa. Una empresa que se disuelve o suspende administrativamente (porque, por ejemplo, no pagó una tasa de presentación o no cumplió con ciertos requisitos jurisdiccionales) generalmente no deja de existir como entidad legal a menos que la disolución o suspensión se vuelva permanente.

C.14. Si una empresa que reporta creada o registrada en 2024 o después cierra sus negocios y deja de existir antes de que su reporte inicial de BOI deba presentarse a FinCEN, ¿todavía está obligada la empresa a presentar ese reporte inicial? Sí. Las empresas que reportan creadas o registradas en 2024 deben reportar su información sobre beneficiarios finales a FinCEN dentro de los 90 días posteriores a la recepción del aviso público o real de creación o registro. Las empresas que reportan creadas o registradas en 2025 o después deben reportar su información sobre beneficiarios finales a FinCEN dentro de los 30 días posteriores a la recepción del aviso público o real de creación o registro. Estas obligaciones siguen siendo aplicables a las empresas que reportan que dejan de existir como entidades legales (es decir, cerraron sus negocios, dejaron de realizar negocios y completaron por completo el proceso de disolución formal e irrevocable) antes de que venzan sus reportes iniciales de beneficiarios finales. Si una empresa que reporta presenta un reporte inicial de información sobre beneficiarios finales y luego deja de existir, entonces no es necesario que presente un reporte adicional ante la FinCEN indicando que la empresa ha dejado de existir.

Actualización de FinCEN BOI 7/8/24 FAQs sobre las tribus indias:

D.17. ¿A quién debe declarar como propietario(s) beneficiario(s) una entidad total o parcialmente propiedad de una tribu india? La respuesta depende en parte de la naturaleza de la entidad propiedad de la tribu india. Esto informa la determinación sobre si la entidad es una compañía que reporta que debe reportar información sobre el beneficiario final. En general, una empresa que reporta debe declarar como beneficiarios finales a todas las personas que, directa o indirectamente, ejercen un control sustancial sobre la empresa que reporta y a cualquier persona que directa o indirectamente posea o controle al menos el 25 por ciento o más de los intereses de propiedad de la empresa que reporta. Una tribu india no es un individuo y, por lo tanto, no debe declararse como propietario beneficiario de una entidad, incluso si ejerce un control sustancial sobre una entidad o posee o controla el 25 por ciento o más de las participaciones en la propiedad de la entidad. Sin embargo, es posible que las entidades en las que las tribus tienen intereses de propiedad aún tengan que reportar a una o más personas como beneficiarios finales en determinadas circunstancias. La entidad es una autoridad gubernamental tribal. Una entidad no es una empresa que reporta (y, por lo tanto, no necesita reportar información sobre beneficiarios finales en absoluto) si es una “autoridad gubernamental”, es decir, una entidad que está (1) establecida conforme a las leyes de los Estados Unidos, una tribu india , un Estado o una subdivisión política de un Estado, o bajo un pacto interestatal entre dos o más Estados, y que (2) ejerce autoridad gubernamental en nombre de los Estados Unidos o de cualquier Tribu, Estado o subdivisión política indígena. Esta categoría incluye corporaciones constituidas por tribus y entidades tribales constituidas por el estado si esas corporaciones o entidades ejercen autoridad gubernamental en nombre de una tribu. Los intereses de propiedad de la entidad están controlados o son propiedad exclusiva de una autoridad gubernamental tribal. Una subsidiaria de una autoridad gubernamental tribal también está exenta de los requisitos de presentación de reportes BOI si sus intereses de propiedad están enteramente controlados o son propiedad exclusiva de la autoridad gubernamental tribal. La entidad es parcialmente propiedad de una tribu (y no está exenta). Una entidad no exenta de propiedad parcial de una tribu india debe declarar como propietarios beneficiarios a todas las personas que ejerzan un control sustancial sobre ella, incluidas las personas que ejerzan un control sustancial en nombre de una tribu india o su autoridad gubernamental. La entidad también debe reportar sobre cualquier persona que directa o indirectamente posea o controle al menos el 25 por ciento o más de las participaciones de propiedad de la empresa que reporta. (Sin embargo, si cualquiera de estas personas posee o controla estos intereses de propiedad exclusivamente a través de una entidad exenta o una combinación de entidades exentas, entonces la compañía que reporta puede reportar el nombre de la entidad o entidades exentas en lugar del dueño beneficiario individual).

¿Su empresa dejó de existir como una entidad antes del 1 de enero de 2024?

¿Brindan más claridad con respecto a sus requisitos de presentación de reportes las FinCEN BOI 7/8/24 FAQs?

¿Demuestran que debería considerar trabajar con un asesor de Gobierno Corporativo las FinCEN BOI 7/8/24 FAQs?

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