November 2018 JD Supra
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¿Vale la pena el riesgo de la Moneda Virtual? was published by JD Supra on 11/6/18.

Hemos leído que la Moneda Virtual (MV) es un “activo especulativo” que, en determinadas circunstancias, puede utilizarse para pagar bienes o servicios o ser retenido para inversiones; y que su intercambio o uso de intercambio de venta tiene consecuencias fiscales que pueden resultar en una obligación tributaria.  Las agencias reguladoras y gubernamentales están preocupadas por los “riesgos” relacionados con la MV y el “inversionista minorista” (“retail investor”), ya que los piratas informáticos y los estafadores pueden apuntarse hacia el “inversionista minorista” que no necesariamente entiende el producto.

Originalmente, Satoshi Nakamoto (el nombre utilizado por la persona desconocida o las personas que desarrollaron Bitcoin), declaró que “lo que se necesita es un sistema de pago electrónico basado en pruebas criptográficas en lugar de confianza, lo que permite que cualquiera de las dos partes dispuestas a realizar transacciones directamente entre sí sin la necesidad de un tercero de confianza.  Las transacciones que no son reversibles computacionalmente podrían proteger a los vendedores del fraude, y se podrían implementar fácilmente mecanismos de custodia para proteger a los compradores”. La MV ha cumplido con este criterio, como lo demuestra el hecho de que es una plataforma “igual a igual” (“peer to peer”); lo que significa que no hay intermediarios. No se requieren intermediarios, ni una autoridad de un banco central para que ocurra una transacción. Es un sistema para transacciones electrónicas sin la “dependencia tradicional en la confianza”.

Los inversionistas de la MV están invirtiendo actualmente sin claridad.

Diferentes interpretaciones de las principales agencias reguladoras de los EE.UU pueden imponer cargas confusas de cumplimiento a los inversionistas de la MV.  Hay una falta de claridad con respecto a qué agencia gubernamental tiene la última palabra con respecto al tratamiento de la MV, ya que cuatro de ellas tienen diferentes interpretaciones regulatorias:

  1. IRS: para fines de impuestos federales, la MV se considera propiedad (“property”).  Un contribuyente que recibe MV como pago por bienes o servicios debe, al calcular el ingreso bruto, incluir el valor justo de mercado de la MV, medido en dólares Estadounidenses, a la fecha en que se recibió la moneda virtual. La base de la MV que un contribuyente recibe como pago por bienes es el valor justo de mercado de la MV en dólares Estadounidenses a partir de la fecha de recepción.  Si el valor justo de mercado de los bienes recibidos a cambio de la MV excede la base ajustada por el contribuyente de la MV, el contribuyente tiene una ganancia sujeta a impuestos. Un contribuyente generalmente obtiene ganancias o pérdidas de capital en la venta o intercambio de moneda virtual que es un activo de capital en manos del contribuyente; lo que significa que comprar una taza de café con Bitcoin es incómodo para un contribuyente porque puede generar la necesidad de reportar informes de ganancias de capital. Hay un proyecto de ley en curso en la Cámara de Representantes que propone eximir el valor de $600 en transacciones de MV.    
  2. FinCEN:  Los inversionistas en MV utilizan los servicios de plataformas “seguras” en línea para comprar, vender, transferir y almacenar MV.  Los proveedores de estos servicios se conocen como “web-wallets” (Coinbase es un ejemplo). Se les exige que se registren y operen como empresas de servicios monetarios (“MSB”) por parte de la Red de Ejecución de Delitos Financieros (FinCEN).  Los MSB que operan en los Estados Unidos están regulados por los estados. Esto significa que, si bien las billeteras web no están sujetas a la supervisión directa de la Comisión de Bolsa de Valores (SEC), las MSB deben mantener registros y presentar informes sobre ciertas transacciones a FinCEN por las regulaciones de la Ley de Secreto Bancario (“BSA”).
  3. SEC: el 7 de marzo del 2018, la SEC declaró que “las plataformas de negociación en línea se han convertido en una forma popular en que los inversionistas pueden comprar y vender activos digitales” y que “varias de estas plataformas proporcionan un mecanismo para comercializar activos que cumplen con la definición de un “titulo financiero” bajo las leyes federales de valores. Si una plataforma ofrece el intercambio de activos digitales que son valores y opera como un “intercambio”, como lo definen las leyes federales de valores, entonces la plataforma debe registrarse en el SEC como una bolsa de valores nacional “.
  4. CFTC: La Comisión de Comercio de Futuros de Productos Básicos de los Estados Unidos ha declarado durante los últimos tres años que MV es un “producto básico” y debería estar regulado por la CFTC.

¿Qué significa esto?

Esto es confuso y complejo sin una guía clara porque cada una de estas Agencias tienen diferentes interpretaciones:   

  • Para el IRS:  la MV es propiedad
  • Para FinCEN:  la MV se inscribe en una empresa de servicios de dinero y las plataformas de intercambio de MV deben registrarse con FinCEN
  • Para la SEC: MV es un título financiero (“security”)
  • Para la CFTC: MV es un producto básico (“commodity”)  

Vigilancia

La CFTC es la única agencia reguladora que tiene una supervisión “limitada” sobre la MV en los EE.UU. La CFTC está “limitada” a solo supervisar: cuando la MV se usa en un contrato de derivados, o si hay fraude o manipulación que involucre a una MV comercializada en el comercio interestatal. La CFTC declara que “mientras que la MV puede proporcionar beneficios, la MV no está regulada en gran medida y:

  • Es comúnmente atacada por “hackers” y estafadores
  • No tiene garantía de recurso si es robada
  • Implica monederos electrónicos o almacenamiento que presentan riesgos de ciberseguridad
  • Lleva riesgos especulativos más riesgos de fraude y manipulación”

No sea una víctima de su propia creación

Si la MV es propiedad, los títulos financieros son propiedad y los productos básicos son propiedad y todas las agencias tienen autoridad superpuesta. Dada la incertidumbre de dónde cae exactamente en el panorama regulatorio la MV, todos los titulares de MV deben proceder con precaución. No existe una claridad universal con respecto a las obligaciones de información, cumplimiento, gobierno y definición de MV. ¿Cómo se espera que cumplan los titulares de la MV cuando no hay una hoja de ruta? ¿Debe tratarse la MV como propiedad, como moneda, como un título financiero o como un producto básico? Los titulares de la MV deben consultar con un asesor fiscal especializado y estar al tanto de las noticias regulatorias a medida que el panorama regulatorio continúa cambiando.   

https://www.jdsupra.com/legalnews/vale-la-pena-el-riesgo-de-la-moneda-70106/

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