May 2019 JD Supra
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Está su pasaporte en riesgo? was published by JD Supra on 5/21/19.

Los Contribuyentes Estadounidenses con facturas de impuestos vencidas que han sido identificados por

el IRS corren el riesgo de perder los privilegios de pasaporte de los EE. UU.  El IRS ha estado tratando de alentar a los Contribuyentes Estadounidenses que están seriamente atrasados ​​en sus impuestos a pagar lo que deben o entrar en un acuerdo de pago con el IRS para evitar poner sus pasaportes en peligro.  La Sección 7345 del IRS, que entró en vigor en diciembre del 2015, requiere que el IRS notifique al Departamento de Estado de los Contribuyentes de los Estados Unidos que el IRS ha certificado que deben una “deuda tributaria gravemente morosa”. En el caso de la “deuda gravemente morosa” certificada por el IRS, también se requiere que el Departamento de Estado de los EE. UU. niegue la solicitud de pasaporte de un Contribuyente Estadounidense en mora o niegue la renovación de su pasaporte y, en algunos casos, revoque su pasaporte.
  
¿Por qué se lanzó este programa?

La Oficina de Responsabilidad del Gobierno de los EE. UU. (“U.S. Government Accountability Office” –“GAO”) identificó la limitación de la emisión de pasaportes como un área donde el gobierno federal podría mejorar sus esfuerzos de recaudación, reducir la brecha fiscal de los EE. UU. y promover el cumplimiento voluntario al dar a todos los Contribuyentes la sensación de que otros están pagando su parte justa.  El programa de pasaportes del IRS está destinado a ayudar al IRS a cobrar a los “Contribuyentes recalcitrantes” y “servir como incentivo para que las personas que desean obtener pasaportes cumplan con sus obligaciones fiscales, reduciendo así el nivel de morosidad fiscal y promoviendo el cumplimiento”.

La capacidad del IRS para negar o revocar los Pasaportes de los Contribuyentes con “deudas tributarias gravemente morosas” es un desafío para los Contribuyentes

Si bajo la Sección de Código de Ingresos Internos (IRC) 7345, el Servicio de Ingresos Internos (IRS) ha identificado una deuda tributaria federal de impuestos del Contribuyente como gravemente morosa, el IRS está autorizado a certificar la deuda tributaria federal de un Contribuyente gravemente delincuente al Departamento de Estado para el propósito de denegar la solicitud de pasaporte de un Contribuyente Estadounidense y / o revocar el pasaporte actual de un Contribuyente Estadounidense.

¿Qué es la deuda tributaria gravemente morosa?

  • Una “responsabilidad impositiva federal impaga, legalmente exigible de un individuo”, que se ha evaluado;
  • Es mayor de $50,000 (ajustado por inflación); y cumple cualquiera de los siguientes criterios:
  1. Se ha archivado un aviso de gravamen (“levy”) según el Código de Impuestos Internos (“Internal Revenue Code” – “IRC”) § 6323 y los derechos de audiencia del Proceso Debido del Cobro (“Collection Due Process” – “CDP”) según IRC § 6320 se han agotado o caducado; o
  2. Se ha realizado un gravamen según IRC § 6331.

Los contribuyentes son notificados a través del Aviso CP508C del IRS

El IRS debe notificar a los Contribuyentes por escrito en el momento en que el IRS certifique la deuda tributaria gravemente en mora a el Departamento de Estado de los EE. UU. El IRS envía notificaciones escritas por correo postal a la última dirección conocida del Contribuyente. Un representante del Poder notarial del Contribuyente (“Power of Attorney” – “POA”) NO recibe una copia del CP508C.

Los contribuyentes deben evitar que el IRS notifique al Departamento de Estado de su deuda tributaria gravemente morosa:

  • Pagando la deuda tributaria en su totalidad.
  • Pagando la deuda tributaria a tiempo bajo un acuerdo de pago aprobado.
  • Pagando la deuda tributaria a tiempo bajo una oferta aceptada en compromiso.
  • Pagando la deuda tributaria a tiempo según los términos de un acuerdo de resolución con el Departamento de Justicia.
  • Habiendo solicitado o teniendo una apelación de debido proceso de cobro pendiente de un gravamen o
  • Teniendo la cobranza suspendida porque el Contribuyente ha hecho una elección de cónyuge inocente o ha solicitado la ayuda de cónyuge inocente.

Los Contribuyentes podrían no saber que el IRS ha certificado sus deudas tributarias hasta después de la certificación

El IRS no cuenta con suficiente personal y puede estar persiguiendo a los Contribuyentes que ya están tratando activamente de resolver sus problemas de falta de pago de la deuda tributaria gravemente en mora. Los Contribuyentes deben considerar que:

  • El IRS NO está enviando avisos de certificación independientes y por separado que podrían proporcionarles a los Contribuyentes el derecho a cuestionar la posición del IRS y ser escuchados.
  • Hay problemas de tiempo que ponen en peligro aún más el pasaporte de un Contribuyente.
  • El informe del Defensor Nacional del Contribuyente (“National Taxpayer Advocate”) indicó que hay Contribuyentes que han recibido avisos de CP508C a pesar del hecho de que la deuda tributaria del Contribuyente se había pagado en su totalidad, así como avisos un mes después de que la deuda se hubiera pagado por completo o después de haber tenido un acuerdo de pagos en plazos en su lugar.

No sea una víctima de su propia creación    

De acuerdo con el Informe del Defensor Nacional del Contribuyente 2019, hay aproximadamente 436,400 Contribuyentes que cumplen con los criterios de certificación a partir de abril del 2018. Los Contribuyentes deben entender que el IRS revertirá la certificación al Departamento de Estado de los EE. UU. solo cuando:

  • La deuda tributaria está totalmente satisfecha o se vuelve legalmente inaplicable.
  • La deuda tributaria ya no está gravemente en mora.
  • La certificación es errónea.

El IRS declara que anulará una certificación dentro de los 30 días posteriores a la resolución del problema y notificará al Departamento de Estado de los EE. UU. “Tan pronto como sea posible”; que no está definido por el IRS.

No deje que el IRS bloquee su libertad de viajar. Los Contribuyentes que están seriamente atrasados ​​en sus impuestos deben pagar lo que deben,  o llegar a un acuerdo de pago con el IRS para evitar poner sus pasaportes en peligro.  Si usted es un Contribuyente que está atrasado en sus obligaciones tributarias, debe presentarse y pagar lo que debe o entrar en un plan de pago con el IRS. Consulte a su asesor fiscal especializado para establecer un plan de pago con el IRS.

https://www.jdsupra.com/legalnews/esta-su-pasaporte-en-riesgo-13074/

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