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La Ley de Transparencia Corporativa (“Corporate Transparency Act” – “CTA”) se encuentra dentro de la Ley ALD del 2020. Establece requisitos para la presentación de informes de información sobre los titulares reales para facilitar importantes actividades de seguridad nacional, inteligencia y aplicación de la ley; y confirmar la información sobre el titular real proporcionada a las instituciones financieras para facilitar el cumplimiento de las instituciones financieras con los requisitos de lucha contra el lavado de dinero, la lucha contra el financiamiento del terrorismo y la diligencia debida del cliente según la ley aplicable.

Con respecto a una entidad, el titular real es un individuo que, directa o indirectamente, a través de cualquier contrato, arreglo, entendimiento, relación o de otra manera ejerce un control sustancial sobre la entidad; o posee o controla no menos del 25 por ciento de las participaciones en la propiedad de la entidad.

¿Por qué el Congreso de los Estados Unidos estableció el CTA?

El Congreso de los Estados Unidos determinó que:

  • Más de 2,000,000 de corporaciones y compañías de responsabilidad limitada (“LLCs”) se están formando bajo las leyes de los estados cada año.
  • La mayoría o todos los Estados no requieren información sobre los titulares reales de las corporaciones, compañías de responsabilidad limitada u otras entidades similares formadas bajo las leyes del Estado.
  • Los actores malignos buscan ocultar su propiedad de corporaciones, compañías de responsabilidad limitada u otras entidades similares en los Estados Unidos para facilitar la actividad ilícita, incluido el lavado de dinero, el financiamiento del terrorismo, el financiamiento de la proliferación, el fraude fiscal grave, el tráfico de personas y de drogas, la falsificación, piratería, fraude de valores, fraude financiero y actos de corrupción extranjera, que dañan los intereses de seguridad nacional de los Estados Unidos y los aliados de los Estados Unidos
  • Los lavadores de dinero y otras personas involucradas en la actividad comercial realizan transacciones intencionalmente a través de estructuras corporativas para evadir la detección.
  • Se necesita una legislación federal que disponga la recopilación de información sobre los titulares reales para corporaciones, compañías de responsabilidad limitada u otras entidades similares formadas bajo las leyes de los Estados para establecer un estándar federal claro para las prácticas de incorporación; proteger los intereses de seguridad nacional vitales de los Estados Unidos; proteger el comercio interestatal y extranjero; habilitar mejor los esfuerzos críticos de seguridad nacional, inteligencia y aplicación de la ley para contrarrestar el lavado de dinero, el financiamiento del terrorismo y otras actividades ilícitas; y hacer que Estados Unidos cumpla con las normas internacionales contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.

Ante el CTA, todas las entidades de los EE. UU. tienen que presentar información del “titular real” ante FinCEN

El CTA requiere que las empresas en los EE. UU. presenten un informe que proporcione el nombre, la fecha de nacimiento, la dirección actual y el número de identificación único (no vencido) de los “titulares reales” de la compañía a FinCEN.

¿Quién es el solicitante?

El “solicitante” es cualquier individuo que presenta una solicitud para formar una corporación, compañía de responsabilidad limitada u otra entidad similar bajo las leyes de un estado o tribu indígena; o registra o presenta una solicitud para registrar una corporación, compañía de responsabilidad limitada u otra entidad similar formada bajo las leyes de un país extranjero para hacer negocios en los Estados Unidos mediante la presentación de un documento con el secretario de estado u oficina similar bajo las leyes de un estado o una tribu india.

¿Qué es una compañía que tiene que Reportar?

La “compañía que tiene que reportar” significa una corporación, compañía de responsabilidad limitada u otra entidad similar que se crea mediante la presentación de un documento ante un secretario de estado o una oficina similar bajo la ley de un estado o tribu indígena; o constituido bajo la ley de un país extranjero y registrado para hacer negocios en los Estados Unidos mediante la presentación de un documento ante un secretario de estado o una oficina similar bajo las leyes de un estado o tribu indígena.

¿Qué hará FinCEN con la información?

FinCEN solo puede almacenar la Información del titular obtenida en una base de datos privada que no será accesible al público en general. Según el CTA, la información titula real (no se puede buscar en virtud de la Ley de Libertad de Información) solo se puede divulgar a:

  • Una agencia del orden público federal, estatal, local o tribal que lleva a cabo una investigación activa.
  • Una agencia federal que realiza la solicitud en nombre de una agencia de aplicación de la ley extranjera bajo protocolos de asistencia legal mutua; y
  • Una institución financiera que realiza la debida diligencia en virtud de la Ley de Secreto Bancario con el consentimiento del cliente.

Las Instituciones Financieras deben comenzar a pensar con anticipación sobre los próximos cambios con relación a los titulares reales

Cambios en el proceso de Debida Diligencia del Cliente de las Instituciones Financieras en lo que respecta a cómo obtienen y verifican la información sobre el titular real de los clientes de la entidad se aproximan. 

El mantenimiento y desarrollo de programas de cumplimiento sólidos bajo la responsabilidad de gobierno corporativo de una institución financiera es clave para evitar sanciones, investigaciones y acciones de ejecución.

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