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El 4 de febrero de 2020, el COMITÉ DE CUMPLIMIENTO DE EL COLEGIO DE ABOGADOS  DE LA CIUDAD DE NUEVA YORK emitió un INFORME SOBRE LA RESPONSABILIDAD DE LOS OFICIALES DE CUMPLIMIENTO EN EL SECTOR FINANCIERO.   El Informe analiza la opinión gubernamental de que los Oficiales de Cumplimiento son los “guardianes” que previenen, detectan y remedian las violaciones de las leyes, reglamentos y políticas y normas internas. Como resultado, varios Oficiales han sido sometidos a investigaciones regulatorias y responsabilidad personal. Estos riesgos se agravan cuando los Oficiales de Cumplimiento trabajan bajo presión administrativa en instituciones financieras con recursos insuficientes.     

Los Oficiales de Cumplimiento están:

• Enfrentándose a un riesgo creciente de responsabilidad individual: ha habido un aumento en las acciones de ejecución contra los Oficiales enfocadas en responsabilizar a esas personas por fallas en el cumplimiento.
• Sujetos a mayores requisitos reglamentarios: los reguladores estatales y federales están imponiendo requisitos adicionales de atestación y certificación a los Oficiales.
• Enfrentando obstáculos estructurales: existen barreras estructurales para que la información clave llegue a los Oficiales; resultando en su incapacidad para descubrir y prevenir la mala conducta.
• Tomando decisiones en tiempo real con orientación limitada: existe la realidad de que los Oficiales están operando bajo una ejecución individual reforzada, mayores responsabilidades regulatorias, recursos limitados y orientación insuficiente.

Los Oficiales de Cumplimiento necesitan orientación de los Reguladores

Los Oficiales deben comprender cómo mejorar el cumplimiento y reducir su riesgo de responsabilidad personal. La orientación de los reguladores financieros con respecto a las circunstancias en que ocurren las “acciones de cumplimiento” empoderaría a los Oficiales internamente y mejoraría los resultados de cumplimiento; posiblemente acortar los exámenes reglamentarios, su frecuencia y ahorrar recursos.

El Departamento de Justicia (“DOJ”) ofrece orientación

Lo que se expresa en la Evaluación de los Programas de Cumplimiento Corporativo del DOJ tiene como objetivo ayudar a los Oficiales de Cumplimiento a adaptar los programas de cumplimiento para cumplir con los estándares del DOJ para tener un programa de cumplimiento efectivo; reduciendo así la posibilidad de acciones de ejecución contra un Oficial.

El manual de Justicia del Departamento de Justicia establece que hay tres “preguntas fundamentales” que un fiscal debe hacer:

  1. “¿Está bien diseñado el programa de cumplimiento de la corporación? “
  2. “¿El programa se aplica con seriedad y de buena fe? “
  3. “¿Funciona el programa de cumplimiento de la corporación” en la práctica?

Los Oficiales están destinados a vigilar el límite entre la conducta permisible y la no permisible

Según el fiscal general adjunto de los Estados Unidos, Brian A. Benczkowski: “Los programas de cumplimiento efectivos desempeñan un papel fundamental para prevenir la mala conducta, facilitar las investigaciones e informar resoluciones justas”. “El documento de orientación de hoy es parte de nuestros esfuerzos más amplios en capacitación, contratación y cumplimiento para ayudar a promover comportamientos corporativos que beneficien al público estadounidense y garantizar que los fiscales evalúen la efectividad del cumplimiento de manera rigurosa y transparente”.

Las pautas de sentencia de los Estados Unidos aconsejan que, a los efectos del cálculo de una multa penal organizacional apropiada, se considerará a una corporación que tenía en el momento de la mala conducta un programa de cumplimiento efectivo.

Consulte a su asesor de cumplimiento.

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