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El 2 de diciembre del 2020, la Cámara de Representantes de los EE. UU. aprobó la “Ley de Autorización de Defensa Nacional William M. (Mac) Thornberry para el año fiscal 2021“. La Ley incluye la DIVISIÓN F (ANTI-LAVADO DE DINERO). Esta División se cita como la “La Ley ALD del 2020”.

Es de importancia el requisito legislativo que las Corporaciones y Compañías de Responsabilidad Limitada (“LLCs”) divulgan a las fuerzas del orden, las instituciones financieras y el Tesoro de los EE. UU., el beneficiario final (“UBO”) que posee y controla una entidad.

El propósito de la Ley ALD del 2020 es:

  1. mejorar la coordinación y el intercambio de información entre las agencias encargadas de administrar los requisitos contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo, las agencias que examinan a las instituciones financieras para verificar el cumplimiento de esos requisitos, las agencias federales de aplicación de la ley, las agencias de seguridad nacional, la comunidad de inteligencia e instituciones financieras;
  2. modernizar las leyes contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo para adaptar la respuesta del gobierno y del sector privado a las amenazas nuevas y emergentes;
  3. fomentar la innovación tecnológica y la adopción de nuevas tecnologías por parte de las instituciones financieras para contrarrestar de manera más efectiva el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo;
  4. reforzar que las políticas, los procedimientos y los controles de las instituciones financieras contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo se basen en el riesgo;
  5. establecer requisitos uniformes de presentación de información sobre beneficiarios reales para (A) mejorar la transparencia de las agencias de seguridad nacional, inteligencia y aplicación de la ley y las instituciones financieras con respecto a las estructuras corporativas y el conocimiento del flujo de fondos ilícitos a través de esas estructuras; (B) desalentar el uso de corporaciones fantasma como herramienta para disfrazar y mover fondos ilícitos; (C) ayudar a las agencias de seguridad nacional, inteligencia y aplicación de la ley en la persecución de delitos; y (D) proteger la seguridad nacional de los Estados Unidos; y
  6. establecer una base de datos segura y no pública en FinCEN para información sobre beneficiarios reales.

Las instituciones financieras deben prepararse para recibir y procesar más información

Los profesionales del cumplimiento se han convertido en una fuente de información regulatoria para las instituciones financieras que enfrentan desafíos cambiantes día a día. Cuando se implemente, la Ley ALD del 2020 debería simplificar las tareas de los profesionales de cumplimiento a través de la divulgación automática de información “UBO” a las partes interesadas.

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